TITULO V

ESTATUTOS

ASOCIACION DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LOS COLEGIOS DE LA GUARDIA CIVIL

MADRID, 2019

TÍTULO V

CAPÍTULO ÚNICO

Acreditaciones

Artículo 50º

  1. El distintivo de la Asociación será un escudo redondo que, en campo de azur presenta entrecruzadas las letras G y C en oro, timbradas de la corona real; el todo, entre dos ramos entrelazados de oro, el derecho de roble y el izquierdo de laurel, y bordura general en plata con la inscripción en sable: “ASOCIACIÓN DE ANTIGUOS ALUMNOS DE LOS COLEGIOS DE LA GUARDIA CIVIL, 1949”.
  2. Este distintivo estará registrado en la Oficina Española de Patentes y Marcas; será de uso obligatorio en todos los actos protocolarios de la Asociación, y lo llevarán los socios en la solapa o sitio análogo. Deberá formar parte de la uniformidad de cualquier entidad, cultural, deportiva o de otro tipo que patrocine la Asociación, tanto a nivel nacional como provincial o local. Igualmente figurará en el membrete de todos los impresos en su ángulo superior izquierdo, como también en todo documento que identifique a la Asociación, a cualquier nivel.
  3. Las Delegaciones podrán crear sus propios distintivos, de uso en sus respectivos ámbitos, siempre que recojan en su composición el distintivo oficial de la Asociación.
  4. Para acreditar su pertenencia a la Asociación, cada asociado será provisto por la Secretaría General de una tarjeta de identidad, firmada por el Presidente Nacional, en la que se especificará la denominación que le corresponde con arreglo a la clasificación que se establece en el artículo 8º, debiendo ser remitido este documento a la misma Secretaría, si se pierde la condición de socio.

DISPOSICIÓN FINAL

Dado el carácter benéfico-asistencial y filantrópico de esta Asociación, conforme a los artículos 42, 43 y 44 de los presentes Estatutos y a los efectos prevenidos en el punto j) del artículo 7º de la Ley Orgánica1/2002de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación (B.O.E. núm. 73), se declara que el patrimonio de la Asociación fluctúa según sus cuotas, donativos e ingresos publicitarios, así como los legados que pudieran recibirse, y que se invierten en sufragar todos los gastos, así sean: los propios de la organización y funcionamiento general de la Asociación; los propios del cumplimiento de sus fines; los de adquisición y mantenimiento de locales sociales; los de ayuda a las distintas Delegaciones; los de edición y distribución a los asociados del Boletín Informativo ‘Polilla’ y, en especial, los desembolsos que se dediquen a obras sociales.

Madrid, abril de 2019

La Asamblea General Extraordinaria de la Asociación de Antiguos Alumnos de los Colegios de la Guardia Civil celebrada el día 6 de abril de 2019 en la ciudad de Ceuta, aprobó los puntos de los artículos de los presentes Estatutos que se proponían para rectificación, del que se entrega un ejemplar a sus socios. Los presentes Estatutos entrarán en vigor a la recepción del visado por el Ministerio del Interior.

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